Matrícula Curso 2026/2027
La Escuela Municipal de Música de Teruel abre la matrícula para el nuevo curso, con 3 periodos diferentes entre mayo y septiembre.
Resultado sorteo ID nuevo alumnado – Música y movimiento:
El martes 16 de junio, a las 12:00 h, se celebró el sorteo de ID entre las solicitudes preinscritas, resultando seleccionado el número 4582.
A partir de este número, se ha establecido el orden de adjudicación de plazas y de las listas de espera para los grupos de Música y Movimiento (IDs comprendidos entre el 4491 y el 4717).
Podéis consultar el listado de personas admitidas y la lista de espera en el siguiente enlace: Listado ID – Música y Movimiento
Se enviará información más detallada por correo electrónico al alumnado admitido o en lista de espera.
Más adelante, el 23 de junio, se publicarán el resto de listados de admitidos/as y listas de espera.
Resultado sorteo ID matriculados en elección de instrumento (violoncello y percusión):
El lunes 8 de junio de 2026 a las 10.50 se ha sorteado el ID a partir del cual se adjudicarán las plazas de alumnado ya matriculado en la escuela y se generará una lista de espera por orden de sorteo.
Se ha sorteado entre los ID 3841 y 4489, siendo el elegido el 3978
Podéis consultar toda la información relativa al sorteo: aquí
Listado de instrumentos asignados y lista de espera: aquí
PERIODO EXTRAORDINARIO:
Periodo que se abre para plazas libres del 9 de septiembre de 2026 a las 00:00 h al 10 de septiembre a las 23:59h mediante formulario online pinchando AQUÍ.
Se cubrirán las plazas por orden de inscripción.
SORTEO DE PLAZAS, LISTADOS DE ADMITIDOS Y TOMAS DE HORARIOS
Día 8 de junio de 2026: Sorteo, si es necesario, de las plazas de elección de instrumento. En caso de no optar a la primera opción se comunicará por email el instrumento en el que se otorga plaza.
Día 9 de junio de 2026: Publicación de plazas vacantes para alumnos nuevos que se cubrirán, en caso de exceso de demanda, por sorteo a celebrar el 16 de junio.
Día 23 de junio de 2026: publicación del listado general de admitidos y de listas de espera. Las listas de admitidos y de espera se publicarán en la web bandamusicateruel.es
Día 11 de septiembre de 2026 a las 11:00h. Extracción, mediante sorteo, de la letra que servirá para determinar el orden de elección de horario de instrumento. Se confeccionarán dos listas, una con alumnos de primaria, con prioridad para elegir horario, y otra con el resto de alumnos/as.
Día 16 de septiembre de 2026: publicación de listas con día y hora para escoger horario de instrumento.
Del 21 al 25 de septiembre de 2026 se realizará la elección del horario de instrumento.
COMIENZO DEL CURSO JUEVES 1 DE OCTUBRE. Se aplicará el calendario escolar de educación primaria en la ciudad de Teruel.
IMPORTES, BONIFICACIONES Y PAGOS
Información para todos los alumnos: El pago de la matrícula es obligatorio y no recuperable si no es por causa de fuerza mayor.
El importe de la matrícula se pasará por domiciliación bancaria una vez publicadas las listas de admitidos. Una matrícula por alumno.
Se establece una bonificación en la matrícula del 40% para un segundo miembro de la unidad familiar, un 60% para un tercero y un 75% para el resto.
Se establece una bonificación en las cuotas trimestrales del 25% para un segundo miembro de la unidad familiar, un 50% para un tercero y un 75% para el resto.
Las tasas correspondientes al curso 2026/2027 están recogidas en la Ordenanza Fiscal nº 33 del Ayuntamiento de Teruel y se pueden consultar en teruel.es.
Los pagos son trimestrales. Los recibos se pasarán por domiciliación bancaria en los diez primeros días del primer mes del trimestre. En caso de quererse dar de baja, se tendrá que notificar en secretaría antes del día 20 del último mes del trimestre vencido. En caso contrario se pasará el recibo correspondiente.
Familias numerosas y familias monoparentales tributarán un 50% de la cuota de la matrícula siempre que cumplan los siguientes requisitos:
- a) Familias numerosas así como familia monoparental con 1 hijo cuya unidad familiar no tenga ingresos superiores a 5 veces el salario mínimo interprofesional.
- b) Familias numerosas de cuatro o más hijos así como familia monoparental con 2 o más hijos o de aquellas familias numerosas en la que algunos de sus miembros sean consecuencia de un parto múltiple, cuya unidad familiar no tenga unos ingresos superiores a 5,5 veces el salario mínimo interprofesional.
Para acreditar esta condición deberán presentar el correspondiente título de familia numerosa o de familia monoparental y fotocopia de la última declaración de la renta o certificado de Hacienda (Ordenanza fiscal nº 33).